REGLAMENTOS DE ENCUENTRO BIENAL
ENCUENTRO BIENAL
ART 1.- La Bienal se realizará antes de finalizar el año en que se efectúan los Encuentros Regionales.
ART 2.- La Bienal se realizará en la ciudad de Paysandú declarada Capital del Teatro del interior, en los espacios físicos que se dispongan al momento de la realización de la misma. Dichos espacios serán definidos por la Comisiòn organizadora de acuerdo a criterios de disponibilidad de espacios y necesidades de los elencos participantes.
ART 3.- La Bienal de Teatros será organizada por ATI a través de la Mesa Interteatral de Paysandú, quienes definirán en cada oportunidad los criterios y formas de funcionamiento para tal fin.
ART 4.- Las Bienales se realizarán durante (tres) días, presentándose las obras seleccionadas en los Encuentros Regionales, siendo potestad de la Comisión Organizadora determinar el orden de la programación. Esta duración podrá ser modificada por la Comisión Directiva a solicitud de la Comisión Organizadora.
ART 5.- Ningún grupo afiliado a A.T.I. podrá participar en el Encuentro Bienal sin antes haber participado en el Encuentro Regional y haber sido seleccionado por la Comisión Calificadora. Tampoco podrá hacerlo si no esta al día con todas las exigencias reglamentarias y estatutarias, sin excepción.-
ART 6.- La obra presentada en la Bienal deberá ser la misma que haya sido seleccionada en el Encuentro Regional.
ART 7.- El grupo seleccionado podrá modificar en ¼ la integración de su elenco original, lo que obliga a concurrir con ¾ como mínimo de su elenco primitivo.
ART 8.- Los grupos deberán participar con escenografía y utilería propias. Los Organizadores podrán colaborar con elementos que estén a su alcance.-
ART 9.- La locomoción para asistir a la Bienal será de total responsabilidad de los participantes.
ART 10.- En base a la ficha técnica de la obra y al reparto correspondiente, la Comisión Organizadora adjudicará en forma gratuita, alojamiento, entradas y comida a:
a) actores que intervengan en la obra
b) 4 (cuatro) técnicos
c) director
Las adjudicaciones se harán hasta un máximo de 15 (quince) integrantes. Las demás personas que integran la ficha se harán cargo de sus prestaciones.
ART 11.- La Comisión Organizadora instrumentará la forma de individualización de los integrantes de los grupos a tales efectos, ya sea mediante carnés, cédulas, etc.
ART 12.- Recibirán prestaciones gratuitas de entradas, alojamiento y comida aquellas personas que participen en calidad de invitados especiales, la Comisión Calificadora y 2 (dos) delegados de los grupos que por diferentes motivos no participen con obra en la Muestra, y que cumplan las exigencias reglamentarias y estatutarias, sin excepción.-
ART 13.- La Bienal se podrá financiar con:
a) Fondo reservado para bienales
b) venta de abonos y entradas
c) acuerdos y/o contratos con Instituciones Públicas y/o Privadas
d) donaciones de cualquier índole
ART 14.- La financiación de la Bienal será responsabilidad de los organizadores.
ART 15.- En caso de que el saldo financiero arrojara un beneficio o pérdida , este será repartido a criterio de la asamblea de ATI entre los organizadores y fondo de la bienal.
ART 16.- La Organizadores presentarán en un plazo de 30 días un informe del encuentro. Incluirá el informe financiero de lo actuado con todos los comprobantes con valor fiscal que correspondan.